En el marco del Día del Maestro, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) recordó las obligaciones laborales de los empleadores de centros educativos privados hacia los profesores en Perú. Según la SUNAFIL, los docentes que hayan trabajado el semestre completo, de enero a junio, tienen derecho a recibir la gratificación por Fiestas Patrias de forma íntegra, equivalente a una remuneración mensual. En caso de que el maestro no haya trabajado el semestre completo, la gratificación debe ser proporcional al número de meses completos trabajados.
La SUNAFIL enfatiza que el pago de la gratificación es una obligación del empleador o promotor, independientemente de la fecha de pago de las pensiones por parte de los padres de familia. Además, se destaca que los directivos de los centros educativos privados no deben esperar a que los docentes superen el periodo de prueba para registrarlos en planilla, ya que desde el primer día en que prestan servicios deben estar incorporados en el T-Registro de la planilla electrónica.
La falta de registro de los trabajadores en planilla es considerada una infracción grave en materia de relaciones laborales y puede acarrear multas que varían entre S/1138,50 y S/13 018,50, dependiendo del tipo de empresa. Asimismo, el no pago oportuno y completo de las gratificaciones también se considera una infracción grave, con multas que van desde S/2227,50 hasta S/129 294.
Según cifras proporcionadas por la SUNAFIL, entre 2022 y lo que va del 2023 se realizaron 3387 fiscalizaciones en el sector educación, resultando en 1104 actas de infracción. Las áreas más inspeccionadas fueron planillas, remuneraciones y Seguridad Social. Solo en el 2023, se emitieron 426 resoluciones entre la primera y segunda instancia, con multas que sumaron un valor de S/12 051 306.